Articulo 36 Medidas fisca...istrativas

Articulo 36 Medidas fiscales, financieras y administrativas

Ver Indice
»

Artículo 36. Modificación del título XII del texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Se modifica el artículo 12.19-1 del capítulo XIX del título XII del texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2008, de 25 de junio, que queda redactado del siguiente modo.

«Artículo 12.19-1 Hecho imponible.

»Constituye el hecho imponible de la tasa el otorgamiento del precinto de caza mayor en las áreas privadas y en las áreas locales que, de acuerdo con la legislación, lo requieren para practicar la caza de las siguientes especies:

»1.1. Cabra montés macho y hembra.

»1.2. Rebeco macho y hembra.

»1.3. Ciervo macho.

»1.4. Potestativamente, otros ungulados, o género, no incluidos en la lista anterior.»