Articulo 36 Medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública
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Articulo 36 Medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública

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Artículo 36. Recursos para agilizar y digitalizar los procedimientos de contratación relacionados con la gestión de los fondos europeos.

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1. En orden a facilitar la implementación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, los departamentos ministeriales y organismos encargados de la gestión de los proyectos ligados a su ejecución aprobarán en el plazo de dos meses desde la entrada en vigor de este real decreto-ley un documento de carácter anual con la programación de los contratos necesarios para su puesta en marcha, tanto de ejecución de fondos como auxiliares para la gestión de los mismos.

2. La persona titular de la Subsecretaría del departamento ministerial o del órgano con competencias en materia de servicios comunes de los organismos públicos encargados de la gestión de proyectos financiables con fondos europeos ligados a la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia priorizará la digitalización y agilización de los procedimientos de contratación relacionados con la gestión de proyectos financiables con fondos europeos.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2020 en vigor desde 01-01-2021