Articulo 36 normas para la aplicación y desarrollo de las prestaciones por invalidez en el RGSS
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»Artículo 36. Supuesto y causas.
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Las declaraciones de incapacidad serán revisables en todo tiempo, en tanto que el incapacitado no haya cumplido la edad mínima establecida para la pensión de vejez, por alguna de las causas siguientes.
a) Agravación o mejoría.
b) Error de diagnóstico.
