Articulo 36 Organización ...n Primaria

Articulo 36 Organización y el funcionamiento de los centros públicos que imparten enseñanzas de Educación Infantil o de Educación Primaria

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Artículo 36. Atribuciones de la comisión de coordinación pedagógica

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La comisión de coordinación pedagógica tendrá las atribuciones siguientes:

a) Analizar, desde el punto de vista educativo, el contexto cultural y sociolingüístico del centro con objeto de proponer al equipo directivo, el proyecto lingüístico de centro.

b) Establecer las directrices para la elaboración y la revisión de las programaciones y comprobar el cumplimiento de estas.

c) Elaborar la propuesta de organización de la orientación educativa y de la acción tutorial.

d) Elaborar la propuesta de los criterios y los procedimientos previstos para realizar las adaptaciones curriculares significativas al alumnado con necesidades educativas especiales.

e) Hacer propuesta de criterios para la organización de los apoyos personales para la inclusión del alumnado.

f) Coordinar la organización y la implementación de las medidas de respuesta para la inclusión.

g) Asegurar la coherencia entre el proyecto educativo y los diferentes proyectos, planes, programas y actuaciones desarrollados por el centro.

h) Velar por el cumplimiento y la evaluación posterior del proyecto educativo de centro, de las programaciones didácticas y, en general, de la práctica docente del centro.

i) Establecer los aspectos generales que hay que tratar en las reuniones de coordinación con las familias por parte del profesorado que ejerce la tutoría.

j) Proponer al claustro la planificación de las sesiones de evaluación, de acuerdo con las decisiones incluidas en el proyecto educativo de centro.

k) Proponer al equipo directivo la distribución de los recursos del centro.

l) Promover actividades de formación y perfeccionamiento del profesorado.

m) Promover la utilización integrada de las tecnologías de la información y las comunicaciones al centro.

n) Fomentar la evaluación de todas las actividades, los planes, los programas y los proyectos del centro, e impulsar y proponer actuaciones de autoevaluación y mejora.

o) Velar por la coherencia en la elección de libros o materiales curriculares y su relación con el proyecto educativo de centro.

p) Colaborar en el desarrollo de actividades de fomento de la lectura.

q) Cualquier otra que la Administración educativa determine en su ámbito de competencias.