Articulo 36 Policías de Navarra -Derogada-
Artículo 36. Acceso al empleo de Comisario.
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1. El acceso al empleo de Comisario se efectuará, sobre las plazas vacantes convocadas, mediante promoción interna desde el empleo de Inspector por el procedimiento de concurso-oposición. Para participar en dicho concurso-oposición se exigirá una antigüedad mínima de tres años en el empleo de Inspector y la titulación de grado superior exigida. Asimismo, podrán participar aquellos funcionarios de los Cuerpos de Policía de Navarra que cuenten con al menos doce años de antigüedad y titulación de grado superior exigida.
2. En las convocatorias a que se refiere el apartado anterior se establecerá un turno de promoción interna para miembros del propio Cuerpo de Policía, y un turno con el resto de las plazas vacantes abierto a miembros de todos los Cuerpos de Policía de Navarra que cumplan los requisitos establecidos.
3. Las plazas que no se cubran en dicho turno abierto se acumularán al turno de promoción interna. A efectos de la aplicación de este apartado, las vacantes se cubrirán según lo estipulado en el artículo 33.
4. A la hora de la adjudicación de las plazas vacantes, solamente un 20 por 100 del total de las mismas, podrán ser cubiertas por aquellos funcionarios de los Cuerpos de Policía de Navarra, que no ostenten el empleo de Inspector, siempre respetando lo estipulado en el artículo 33, en lo concerniente a la forma de cubrir las vacantes.
- Artículo modificado (36) por LEY FORAL 15/2015, de 10 de abril, por la que se modifica la Ley Foral 8/2007, de 23 de marzo, de las Policías de Navarra.
(NA de 15-04-2015) en vigor desde 16-04-2015
