Articulo 36 Presupuestos 2004 La Mancha

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Artículo 36. Régimen de gestión del personal docente.

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1, Corresponde a la Consejería de Educación determinar las plantillas del personal docente no universitario de los centros, en el marco de las directrices económicas aprobadas por el Consejo de Gobierno y dentro de los límites presupuestarios del citado organismo.

2. La Consejería de Educación remitirá, con carácter trimestral, a la Dirección General de Economía y Presupuestos, la plantilla presupuestaria del citado personal, con el nivel de desagregación que se determine.