Articulo 36 Presupuestos 2016 La Mancha

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Artículo 36. Norma específica sobre retribuciones de cargos directivos en los entes instrumentales.

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Conforme a lo dispuesto en el artículo 8.j) del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, las retribuciones de los presidentes, directores generales, gerentes y otros cargos directivos análogos de las empresas, fundaciones y demás entidades del sector público regional, tanto si han accedido al cargo por nombramiento, como si lo han hecho a través de un contrato laboral o mercantil, serán autorizadas por la consejería competente en materia de hacienda.

Con carácter previo a la autorización de esas retribuciones, así como de las indemnizaciones a que pudiera haber lugar, se emitirá informe por la dirección general competente en materia de presupuestos.