Articulo 36 Radio y television de titularidad estatal
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Artículo 36. Presupuesto consolidado.

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Sin perjuicio de lo establecido anteriormente, la Corporación RTVE presentará además sus presupuestos de explotación y de capital y sus programas de actuación plurianual de forma consolidada con las sociedades en las que posea, directa o indirectamente, la mayoría del capital social de acuerdo con los procedimientos y trámites establecidos por la Ley General Presupuestaria.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 06-06-2006 en vigor desde 07-06-2006