Articulo 36 Reglamento de...de Navarra

Articulo 36 Reglamento de Espectáculos Taurinos de Navarra

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Artículo 36. Requisitos de solicitud.

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1. La solicitud de autorización de corridas de toros, novilladas, corridas de rejones, corridas mixtas, festivales, becerradas o toreo cómico, deberá ir acompañada de los siguientes documentos:

a) Datos de inscripción de la empresa en el correspondiente registro del Gobierno de Navarra. Si actuara como empresa un Ayuntamiento o Concejo, certificado del acuerdo en que se aprobó la organización del espectáculo.

b) Declaración de la empresa de que todos los diestros intervinientes son mayores de 16 años y, en su caso, autorización de los padres, tutores o representantes legales de los menores de 18 años.

c) Un ejemplar de los contratos de trabajo de los profesionales actuantes, visados por la correspondiente en corridas de toros y novilladas con uno o dos espadas se añadirá un sobresaliente de la misma categoría profesional.

d) Certificación de nacimiento de todas las reses que van a ser lidiadas, incluyendo los sobreros, otorgada por el organismo competente, así como del saneamiento de la ganadería en relación a enfermedades infecciosas;

e) Certificación del contrato de compraventa de las reses.

f) Fianza prestada ante el Gobierno de Navarra mediante aval bancario o póliza de caución para responder de las responsabilidades que pudieran derivar de la organización del espectáculo por las cantidades siguientes:

Plazas de toros con aforo de hasta 1.500 espectadores, 1.000.000 de pesetas.

Plazas de toros con aforo de hasta 2.500 espectadores, 2.000.000 de pesetas.

Plazas de toros con aforo de hasta 4.000 espectadores, 3.000.000 de pesetas.

Plazas de toros con aforo de hasta 8.000 espectadores, 4.000.000 de pesetas.

Plazas de toros con aforo de hasta 10.000 espectadores, 5.000.000 de pesetas.

Esta fianza no será exigible si la empresa fuese una Administración Pública o un organismo dependiente de una Administración Pública.

Asimismo, y en todo caso, copia de seguro de responsabilidad civil que cubra los riesgos derivados de la celebración del espectáculo, con un capital mínimo asegurado de 15.000.000 de pesetas.

2. A la solicitud se unirán también tres ejemplares del cartel o programa del espectáculo, en el que, como mínimo, se harán constar los siguientes datos:

a) Lugar, día y hora de celebración.

b) Numero y clase de las reses a lidiar, así como la ganadería o ganaderías a las que pertenezcan.

c) Nombre de los profesionales actuantes.

d) Empresa organizadora.

3. Si el espectáculo solicitado es una corrida vasco-landesa, con la solicitud de autorización de presentaran los siguientes documentos:

a) Datos de inscripción de la empresa en el correspondiente registro del Gobierno de Navarra. Si actuara como empresa una entidad local, certificado del acuerdo en que se aprobó la organización del espectáculo.

b) Certificado sobre la inscripción en los registros del Libro Genealógico de la Raza Bovina de Lidia de la ganadería cuyas reses vayan a emplearse y sobre su saneamiento.

c) Un ejemplar del contrato de trabajo de los profesionales actuantes, visado por la correspondiente Oficina de Empleo, o un contrato con la cuadrilla o cuadrillas que intervengan.

4. Si el espectáculo consistiera en un concurso de recortadores, con la solicitud de autorización se presentaran los siguientes documentos:

a) Datos de inscripción de la empresa en el correspondiente registro del Gobierno de Navarra. Si actuara como empresa una entidad local, certificado del acuerdo en que se aprobó la organización del espectáculo.

b) Reglamento que regirá el concurso, con expresión de las condiciones de inscripción y participación y los premios a otorgar.

c) Certificado sobre la inscripción en los registros del Libro Genealógico de la Raza Bovina de Lidia de la ganadería cuyas reses vayan a emplearse y sobre su saneamiento.

d) Un ejemplar del contrato de trabajo de, al menos, un profesional taurino, visado por la correspondiente Oficina de Empleo.