Articulo 36 Reglamento de Espectáculos Taurinos Populares de Madrid
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»Artículo 36. Inscripción previa.
Derogado
1. Los Ayuntamientos podrán exigir la inscripción previa de los corredores como requisito indispensable para la participación en los encierros, estableciendo la forma y plazos en que deberá efectuarse dicha inscripción.
2. En ningún caso de admitirá la inscripción de las personas que tienen prohibida su participación en los encierros conforme al artículo anterior.

