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Articulo 36 Sistema Público de Equipamientos Escénicos y Musicales

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Artículo 36. Planes de cooperación territorial

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1. Los planes de cooperación territorial son los documentos que contienen el proyecto de actuación de las redes de cooperación en el ámbito de las funciones territoriales.

2. Cada red de cooperación tiene que disponer de un plan de cooperación territorial.