Articulo 36 Sistema de servicios sociales en C. Valenciana
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»Artículo 36. Sobre algunos programas específicos.
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Podrá ser recabado el asesoramiento del Consejo Valenciano de Bienestar Social para determinados programas de actuación.
Este es el caso, en particular, de aquellos programas que afectan a un amplio conjunto de personas, como los dirigidos a favorecer la integración y mejora del bienestar de las personas mayores.
Entre estos programas figuran los dedicados a potenciar los talleres de jubilados y jubiladas, la balneoterapia (termalismo) y la estancia de las personas mayores en Residencias de Tiempo Libre y otras instalaciones dependientes, o no, de la Generalidad, así como cualesquiera otros que determine la Consejería competente en materia de Servicios Sociales.
