Articulo 36 Transparencia pública
Ver Indice
»Artículo 36. Conservación de la información.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. Las entidades a las que se refiere el artículo 3.1 conservarán la información pública que obre en su poder o en el de otras personas o entidades en su nombre, en los términos establecidos en la normativa vigente.
2. Sin perjuicio de lo previsto en el apartado anterior, dicha información se conservará en estándares abiertos que garanticen su longevidad y manteniendo la capacidad de transformarlos automáticamente a formatos de fácil reproducción y acceso siempre que sea técnicamente posible.
