Articulo 36 Universidades de Cataluña
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»Artículo 36. Regulación de los derechos y los deberes.
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Las universidades deben proteger los derechos y los deberes de los estudiantes. El Consejo Interuniversitario de Cataluña debe coordinar la adopción por las universidades de los mecanismos para la garantía de los derechos y los deberes de los estudiantes.
