Artículo 364 Administraci...de Navarra

Artículo 364 Administración Local de Navarra

Ver Indice
»

Artículo 364. Convenios.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Las comarcas podrán establecer convenios con los municipios y concejos de su ámbito para la cooperación en cualquier materia de interés común.

Los municipios y concejos que suscriban tales convenios podrán, en su caso, realizar funciones ejecutivas correspondientes a competencias de la comarca.

Modificaciones