Articulo 37 Almacenamient...de carbono

Articulo 37 Almacenamiento geológico de dióxido de carbono

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Artículo 37. Procedimiento sancionador.

Vigente

1. El procedimiento para la imposición de sanciones se ajustará a lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2. El plazo máximo para resolver y notificar los expedientes sancionadores tramitados conforme al procedimiento previsto será de un año.