Articulo 37 Derechos Culturales

Articulo 37 Derechos Culturales

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Artículo 37. Ayudas y subvenciones.

Vigente

El departamento competente en materia de cultura establecerá anualmente subvenciones y ayudas para los sectores culturales que se determinen con arreglo a los principios enumerados en el artículo 2 de esta ley foral.