Articulo 37 Establecimien...rahotelero

Articulo 37 Establecimientos de alojamiento turístico extrahotelero

Ver Indice
»

Artículo 37. Limpieza y mantenimiento de las unidades de alojamiento y espacios comunes.

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. El establecimiento de alojamiento turístico extrahotelero, incluidas todas sus unidades de alojamiento e instalaciones, deberá estar en perfectas condiciones de limpieza, higiene y preparación en el momento de ser ocupadas por los clientes.

2. Los establecimientos de alojamiento turístico extrahotelero de 4 llaves estarán obligados a prestar un servicio de limpieza diaria de sus unidades de alojamiento. El resto de establecimientos podrá ofertar dicho servicio a sus clientes, a quienes informará de las condiciones del mismo.

La limpieza de las unidades de alojamiento no incluirá la del menaje, cocina y electrodomésticos, sin perjuicio de que el establecimiento pueda ofertar dicho servicio a sus huéspedes.

3. Los establecimientos que oferten servicio de lavandería y planchado serán responsables de su correcta prestación -ya sea con sus propios medios o a través de una empresa especializada-, así como de la devolución de las prendas a sus clientes en el plazo máximo de 48 horas.

4. Los desperfectos y averías que se produzcan se repararán a la mayor brevedad posible.