Articulo 37 Estatutos del Organismo Autonómo Hacienda Tributaria
Artículo 37. Funciones de la Sección de Aplicación y Control de Recaudación.
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La Sección de Aplicación y Control de Recaudación, en coordinación con las restantes unidades orgánicas de la Hacienda Tributaria de Navarra, ejercerá las siguientes funciones:
- La elaboración de las estadísticas necesarias para el control de la gestión de las actividades de la Sección.
- El control económico-contable de todas las deudas y deudores de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra traspasadas a la Contabilidad Auxiliar de Terceros y a las que les es aplicable el Reglamento General de Recaudación.
- La gestión, control y ejecución material de los procesos de devolución de oficio de los tributos que correspondan y en su caso de ingresos indebidos y las relaciones con otras Administraciones.
- La gestión, control y ejecución material de los procesos de aplicación de cobros de deudas anotadas en la Contabilidad Auxiliar de Terceros.
- El desarrollo y control de las actuaciones de las Entidades Financieras como Colaboradoras en la función recaudatoria de la Hacienda Pública de Navarra.
- Tramitación de las solicitudes presentadas en materia de reconocimiento de intereses de demora por devoluciones tributarias o ingresos indebidos.
- La confección de información y estudios relativos a la Recaudación tributaria.
- La administración y actualización de los parámetros de la Contabilidad Auxiliar de Terceros.
- Las demás funciones que le atribuyan las disposiciones en vigor y cualquier otra relacionada o derivada de las anteriores que le sean encomendadas por el Director del Servicio de Recaudación.
