Articulo 37 Igualdad de mujeres y hombres I. Balears
Ver Indice
»Artículo 37. Incentivos a la contratación de mujeres
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Las administraciones públicas incentivarán la contratación estable y el ascenso profesional a niveles superiores de las mujeres, teniendo en consideración con carácter prioritario los sectores y las categorías laborales en los que estén infrarrepresentadas, así como las situaciones singulares, sin menoscabo de los criterios técnicos y de cualificación profesional.
