Articulo 37 Juego de Navarra

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Artículo 37. Infracciones administrativas y clasificación.

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1. Son infracciones administrativas en materia de juego y apuestas las acciones u omisiones tipificadas en esta Ley Foral, incluso a título de simple negligencia.

2. Las infracciones en materia de juego y apuestas se clasifican en muy graves, graves y leves.