Artículo 37 Ley 3/2026, ... Andalucía

Artículo 37. Ley 3/2026, de 13 de marzo, Andalucía

Ver Indice
»

Artículo 37. Redes temáticas y parcelas de seguimiento.

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. La Administración de la Junta de Andalucía incentivará la configuración de redes del conocimiento forestal en el marco de la legislación en materia de ciencia y conocimiento.
2. La Administración forestal andaluza cooperará con la Administración General del Estado en el establecimiento, mantenimiento y control de las redes temáticas y parcelas de seguimiento derivadas de la normativa internacional, el Plan Forestal Español, el Plan Forestal Andaluz o los planes nacionales de investigación científica, desarrollo e innovación tecnológica.