Articulo 37 Ley 6/2003, d... Ganadería

Articulo 37 Ley 6/2003, de 4 de marzo, C.Valenciana, Ganadería

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Artículo 37. Apoyo a proyectos piloto.

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La administración de la Generalitat podrá financiar, de acuerdo con los fondos que obtenga y los propios que aporte, los programas de desarrollo e innovación tecnológica destinados a mejorar la calidad y competitividad de las explotaciones pecuarias. Dedicará especial atención a las especies autóctonas y a su adaptación al medio.