Articulo 37 Permisos, lic...uncionario

Articulo 37 Permisos, licencias, vacaciones y otras medidas de conciliación del personal funcionario

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Artículo 37. Órganos competentes

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1. Los órganos competentes para resolver sobre la concesión de permisos, licencias y flexibilidad horaria prevista en los artículos 35 y 36 del presente decreto son las secretarias generales de cada consejería u órgano competente del sector público instrumental con personal funcionario adscrito.

2. Los jefes de departamento o de servicio, según los casos, han de colaborar con sus superiores en la adopción de las medidas necesarias para asegurar la eficacia en la prestación de los servicios. En particular, han de emitir los informes exigidos por este decreto y han de resolver las incidencias relativas a las cuestiones no atribuidas a otros órganos.

Cuando las necesidades del servicio se invoquen por parte de los jefes de departamento o de servicio, han de ser motivadas.