Articulo 37 Policías de Navarra

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Artículo 37. Acceso al empleo de Agente.

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El acceso al empleo de Agente se efectuará mediante la celebración de las correspondientes pruebas selectivas para el ingreso en las Policías de Navarra.

Las Entidades Locales con Policía Local podrán reservar un 30 por 100 de sus plazas vacantes para ser cubiertas por concurso-oposición entre el personal de otras Policías Locales de Navarra o de otros Servicios de Policía Local de Navarra que haya permanecido más de cinco años efectivos en la última de ellas. A este personal le será de aplicación lo dispuesto en el artículo 34.3 en cuanto a la convalidación de cursos de formación por la Escuela de Seguridad y Emergencias de Navarra. Las plazas no cubiertas por este turno se acumularán al turno libre.