Articulo 37 Políticas int...e juventud

Articulo 37 Políticas integrales de juventud

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Artículo 37. Comisión Interdepartamental de Juventud de la Generalitat

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1. Se creará una comisión interdepartamental de juventud de la Generalitat, adscrita a la conselleria competente en materia de juventud, que será el órgano específico de coordinación, consulta y propuesta en el ámbito de la programación y la ejecución de las políticas que, en materia de juventud, promueva el Consell, desde las distintas consellerias, en los ámbitos a que hace referencia la presente ley.

2. La composición y funciones de la Comisión Interdepartamental de Juventud de la Generalitat las regulará su norma de creación.