Articulo 37 Presupuestos 2006 Murcia
Artículo 37. Proyectos de gasto.
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1. A través de los proyectos de gasto se efectuará el seguimiento presupuestario de los gastos que se realicen con cargo a los créditos de los capítulos 2 «Gastos Corrientes en Bienes y Servicios», 4 «Transferencias Corrientes», 6 «Inversiones Reales», y 7 «Transferencias de Capital».
2. El seguimiento de los gastos correspondientes a los capítulos 2, 4, 6 y 7 del Presupuesto se realizará de acuerdo con la distribución de proyectos establecida en los diferentes Anexos que a estos efectos se acompañan al Proyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma.
3. La Consejería de Economía y Hacienda dictará las correspondientes instrucciones relativas a la tramitación, modificación y creación de proyectos de gasto.
