Articulo 37 Presupuestos 2009 de la Junta
Ver Indice
»Artículo 37. Limitación del aumento de gastos de personal.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. Durante 2009, los expedientes de ampliaciones de plantillas y las disposiciones o expedientes de creación o reestructuración de unidades orgánicas, si producen un aumento de los gastos de personal, sólo podrán tramitarse cuando el incremento del gasto quede compensado por la reducción de créditos destinados para gastos corrientes que no tengan el carácter de ampliables.
2. La incorporación del personal transferido como consecuencia del traspaso a la Comunidad Autónoma de servicios de la Administración del Estado, producirá automáticamente la ampliación correspondiente de la plantilla presupuestaria y sus créditos.
