Articulo 37 Presupuestos 2019 Asturias
Artículo 37. Segundo aval a empresas
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1. La Administración del Principado de Asturias podrá reafianzar, en las condiciones que determine el Consejo de Gobierno, operaciones de crédito avaladas por sociedades de garantía recíproca a las empresas que sean socias partícipes de aquellas. El límite global de avales a conceder por esta línea será de 25.000.000 euros.
2. Las operaciones de crédito a avalar, según lo dispuesto en el apartado anterior, tendrán como única finalidad financiar proyectos de inversión, mejora de su estructura financiera o desarrollo de la actividad empresarial de empresas radicadas en Asturias. La cuantía reafianzada no podrá exceder individualmente del 70% de la garantía concedida por la sociedad de garantía recíproca para cada operación, ni superar el 15% del límite establecido en el apartado anterior.
