Articulo 37 Promoción de la accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas de Madrid
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»Artículo 37. Licencias y autorizaciones municipales.
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El cumplimiento de los preceptos de la presente Ley será exigible para la aprobación de los instrumentos de planeamiento y de su ejecución, así como para la concesión de las preceptivas licencias y autorizaciones municipales.
