Articulo 37 Reforma del E... I Balears

Articulo 37 Reforma del Estatuto de Autonomía de las I. Balears

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Artículo 37. Ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma.

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El ejercicio de todas las competencias de la Comunidad Autónoma se realizará de acuerdo con los términos que dispone la Constitución.