Articulo 37 Régimen Jurídico de las Viviendas con Protección Pública
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Artículo 37. Actividad promotora de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

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El régimen jurídico de la actividad promotora de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en materia de viviendas con protección pública, así como el de las viviendas resultantes de dicha actividad, comprende:

  1. Las modalidades de cesión.

  2. El precio de venta y renta de los distintos tipos de viviendas con protección pública, y las condiciones de financiación.

  3. Las limitaciones de uso y control.

  4. Las ayudas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

  5. Los requisitos para acceder a las viviendas, así como las normas básicas de los procedimientos de adjudicación.

  6. La definición de los instrumentos de gestión para el desarrollo de los programas de viviendas con protección pública promovidos por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

  7. La composición y funciones de los órganos colegiados de asesoramiento, planificación, programación y gestión.

  8. La definición de las competencias de los distintos órganos directivos de la Consejería de Obras Públicas en esta materia.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 23-01-2004 en vigor desde 12-02-2004