Articulo 37 Reglamento de desarrollo de la NF. General Tributaria en materia revisión vía administrativa
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»Artículo 37. Competencia.
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El Tribunal Económico-Administrativo Foral del Territorio Histórico de Gipuzkoa tendrá su sede en Donostia-San Sebastián y conocerá en única instancia de las reclamaciones económico-administrativas que se interpongan, conforme a la normativa vigente, en las materias y supuestos señalados por la Norma Foral 2/2005, de 8 de marzo, General Tributaria del Territorio Histórico de Gipuzkoa, u otras Normas Forales.
