Articulo 37 Reglamento de... preciosos

Articulo 37 Reglamento de la Ley de objetos fabricados con metales preciosos

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Art. 37.

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Son fabricantes de objetos de metales preciosos las personas naturales o jurídicas que desarrollen o promuevan actividades incluidas en los epígrafes correspondientes de la Licencia Fiscal del Impuesto Industrial.