Articulo 37 Reglamento de...la Policía

Articulo 37 Reglamento de selección y formación de la Policía

Ver Indice
»

Artículo 37.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


Durante el curso de formación o período de prácticas o al término de las mismas, los aspirantes podrán ser sometidos a cuantas pruebas médicas sean precisas en orden a comprobar su adecuación al cuadro de exclusiones médicas que figura en el anexo del presente Decreto. El dictamen del tribunal médico podrá proponer, si concurriera alguna causa de exclusión y en función de su gravedad, la exclusión del aspirante del proceso selectivo, correspondiendo al órgano competente para el nombramiento como funcionario de carrera adoptar la resolución que proceda.