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Articulo 37 Regulación de las condiciones de trabajo del personal funcionario de la Administración de la Generalitat

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Artículo 37. Permiso por traslado de domicilio habitual

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1. El personal dispondrá de un día por traslado de su domicilio sin cambio de localidad de residencia, aportando justificante acreditativo.

2. Cuando exista cambio de localidad de residencia, este permiso será de dos días.