Articulo 37 Salud pública de Aragón
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»Artículo 37. Políticas públicas saludables.
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Con el fin de promover la salud, permitiendo a las personas y a los grupos sociales aumentar el control sobre los determinantes de su salud, las Administraciones Públicas aragonesas impulsarán políticas públicas saludables en las siguientes áreas.
a) Creación de entornos sanos, seguros y sostenibles.
b) Fortalecimiento de la acción comunitaria y del tejido social.
c) Fomento de la educación para la salud.
d) Integración de la educación y promoción de la salud en los servicios públicos sanitarios, educativos y sociales.
