Articulo 37 Salud pública de Aragón

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Artículo 37. Políticas públicas saludables.

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Con el fin de promover la salud, permitiendo a las personas y a los grupos sociales aumentar el control sobre los determinantes de su salud, las Administraciones Públicas aragonesas impulsarán políticas públicas saludables en las siguientes áreas.

a) Creación de entornos sanos, seguros y sostenibles.

b) Fortalecimiento de la acción comunitaria y del tejido social.

c) Fomento de la educación para la salud.

d) Integración de la educación y promoción de la salud en los servicios públicos sanitarios, educativos y sociales.