Articulo 37 Servicios de prevención y extinción de incendios y de salvamentos
Ver Indice
»Artículo 37.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
En cada intervención operativa, los miembros del Cuerpo de Bomberos de la Generalidad deben cumplir exactamente los servicios que tienen encomendados, de acuerdo con la estructura jerarquizada del Cuerpo, en ningún caso, sin embargo, la obediencia debida puede amparar órdenes que conlleven la ejecución de actos que constituyan manifiestamente delito o que sean contrarios a la Constitución, al Estatuto o a las leyes.
