Artículo 37 TR de las Ley...s Públicos

Artículo 37 TR de las Leyes de Tasas y de Precios Públicos

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Artículo 37. Sujeto pasivo.

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1. Tendrán la consideración de sujetos pasivos de la tasa a título de contribuyente, las personas físicas o jurídicas y las entidades a que se refiere el artículo 5.2 de esta Ley, que sean receptoras de los servicios objetos de esta tasa.

2. Tendrán la consideración de sujetos pasivos a título de sustituto del contribuyente, las personas físicas o jurídicas y las entidades a que se refiere el artículo 5.2 de esta Ley que realicen la manutención de aparatos elevadores y comuniquen el alta.

Los sujetos pasivos a título de sustituto del contribuyente repercutirán el importe de la tasa a quienes soliciten el servicio de conservación.

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