Articulo 38 Abastecimiento y Saneamiento de Aguas de Cantabria
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»Artículo 38. Normas Generales.
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La tasa autonómica de abastecimiento de agua es un tributo propio de la Comunidad Autónoma de Cantabria exigible por la prestación del servicio de abastecimiento de agua por la Comunidad Autónoma.
