Articulo 38 Administració...e La Rioja

Articulo 38 Administración local de La Rioja

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Artículo 38. Concejo abierto.

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Funcionan en Concejo Abierto:

  1. Los Municipios con menos de cien habitantes y aquellos que tradicionalmente cuenten con este singular régimen de gobierno y administración.

  2. Aquellos otros en los que su localización geográfica, la mejor gestión de los intereses municipales u otras circunstancias lo hagan aconsejable.