Articulo 38 Agraria de I. Balears -Derogada-
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»Artículo 38. Producción, almacenamiento, gestión y uso
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La producción, el almacenamiento y la gestión de los estiércoles, tanto de los sólidos como de los líquidos o purines, así como su uso como enmienda o fertilizante, en el ámbito de la comunidad autónoma de las Illes Balears, se ajustarán a lo dispuesto en esta ley. En este caso no tienen la consideración de residuos.
