Artículo 38 se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del Consejo de Navarra
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»Artículo 38. Memoria.
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El Consejo de Navarra elevará una memoria anual al Parlamento de Navarra y al Gobierno de Navarra, en la que expondrá su actividad en el período anterior, así como las sugerencias que estime oportunas para la mejora de la actuación jurídico-administrativa.

