Articulo 38 Derechos y deberes en materia de salud
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»Artículo 38. Derecho a la garantía de tiempos máximos de respuesta.
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En el ámbito del Sistema Sanitario de Castilla-La Mancha, toda persona tiene derecho a recibir la atención sanitaria en un tiempo adecuado y a la garantía de los plazos máximos de respuesta previstos legalmente.
