Articulo 38 -Derogada exc...as Físicas

Articulo 38 -Derogada excepto D.A. 16, 17 y 23- Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

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Artículo 38. Supuestos que no tienen la consideración de rendimientos del capital mobiliario.

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(DEROGADO)

No tendrá la consideración de rendimiento de capital mobiliario, sin perjuicio de su tributación por los conceptos que corresponda, la contraprestación obtenida por el sujeto pasivo por el aplazamiento o fraccionamiento del precio de las operaciones realizadas en desarrollo de su actividad habitual empresarial o profesional.