Articulo 38 Gobierno y Administración de Madrid
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»Art. 38.
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1. Son órganos superiores de la Administración, el Presidente, el Vicepresidente o Vicepresidentes, el Consejo de Gobierno, los Consejeros y los Viceconsejeros.
2. Los demás órganos y Entidades de la Administración de la Comunidad se hallan bajo la dependencia de aquéllos.
Modificaciones
- Artículo modificado (38 (apdo. 1)) por LEY 3/2007, de 26 de julio, de Medidas Urgentes de Modernizacion del Gobierno y la Administracion de la Comunidad de Madrid.
(M de 30-07-2007) en vigor desde 31-07-2007
