Artículo 38 Hacienda de l... de Madrid

Artículo 38 Hacienda de la Comunidad de Madrid

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Artículo 38. Representación y defensa.

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La representación y defensa ante los órganos judiciales de los distintos sujetos que integran la Hacienda Pública tendrá lugar, en los términos previstos por el artículo 551.3 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, por lo dispuesto en la Ley 3/1999, de 30 de marzo, de ordenación de los Servicios Jurídicos de la Comunidad de Madrid, así como, en su caso, en las normas reguladoras de cada uno de ellos.