Articulo 38 Incorporación de las Directivas 2005/36/CE y 2006/100/CE al ordenamiento jurídico español.
- Norma derogada, a partir del 11 de junio de 2017, exceptuando los anexos VIII y X a los solos efectos de la aplicabilidad del sistema de reconocimiento, y hasta tanto concluyan los trabajos de revisión a que se refiere el artículo 81.
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»Artículo 38. Denominaciones de las formaciones médicas especializadas.
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Los títulos de formación de médico especialista a que se refiere el artículo 30.1 son aquellos que, expedidos por la autoridad competente indicada en el punto 5.1. 2 del Anexo V, correspondan, para la formación especializada de que se trate, a las denominaciones enumeradas en el punto 5.1. 3 del Anexo V.
