Articulo 38 Juventud de Aragón

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Artículo 38.- Juventud y medio ambiente.

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Las políticas y las actuaciones administrativas en materia de juventud y medio ambiente de las distintas Administraciones públicas aragonesas tendrán por objeto la educación y la sensibilización de las personas jóvenes en la protección y el disfrute responsable del entorno natural, con el fin de lograr un uso sostenible de los recursos naturales, el fomento de la solidaridad intergeneracional y el compromiso de la juventud con el medio ambiente.