Artículo 38 Ley 3/2026, ... Andalucía

Artículo 38. Ley 3/2026, de 13 de marzo, Andalucía

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Artículo 38. Sobre la aplicación de la inteligencia artificial.

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1. La Administración de la Junta de Andalucía estimulará la inversión, la innovación, el desarrollo y la aplicación de nuevas técnicas y procesos relacionados con la inteligencia artificial en el ámbito de la gestión y conservación de los montes de la comunidad autónoma.
2. La aplicación de la inteligencia artificial en el campo de la gestión forestal sostenible debe quedar supeditada al pleno respeto de los derechos de la ciudadanía y de la protección de datos personales, así como a la estricta sujeción a todo el ordenamiento jurídico aplicable.